BASES
DEL SORTEO
1.-
Organizador. Ámbito Geográfico. Plazo
de Vigencia. La presente promoción (la “Promoción”)
es organizada por Javier Augusto Baigorria, con domicilio
en Los Paraísos 735 – Tortuguitas - Provincia
de Buenos Aires (el “Organizador”), válida
en la Provincia de Buenos Aires; desde las 21,00 hs.
Del 01/06/08 hasta las 21,45 hs. del 27/12/08 o hasta
adjudicar la totalidad de los premios establecidos
en estas bases, entre ambos hechos lo que ocurra primero
(el “Plazo de Vigencia”).
2. Los Participantes. Pueden participar de la Promoción
solamente Jubilados y Pensionados Anses, excepto Beneficiarios
de Pensiones Graciables, Por Edad Avanzada e Invalidez
(los “Participantes”), a excepción
de los directivos y empleados del Organizador, de
las empresas intervinientes y/o vinculadas a la Promoción,
de los auditores, los ex empleados de esas empresas
que se hubieren desvinculado de ellas dentro de los
180 días anteriores al comienzo del Plazo de
Vigencia y sus parientes por afinidad o consanguinidad
hasta el segundo grado inclusive y sus cónyuges.
3.- Objeto. Los Participantes de la Promoción,
que cumplan con las condiciones y requisitos establecidos
en estas bases, tendrán la posibilidad de recibir
del Organizador los premios que se establecen en estas
bases los cuales consistirán en la suma de
$ 250 en Orden de Compra por persona que resulte ganadora
por cada sorteo que se realice (los “Premios”).
4. Mecánica del Sorteo. Procedimiento. Entrega
de Premios. La forma de obtener los premios es la
siguiente: el día asignado anteriormente, Se
harán acreedores al premio estipulado todos
aquellos “Participantes”, cuyos cuatro
números asignados y registrados en la base
de Participantes coincidan exactamente con el número
que ocupe el primer lugar en el extracto del sorteo
Nocturno de la Quiniela de la Provincia de Buenos
Aires para los días 14 y 28 de junio, 12 y
26 de julio, 09 y 23 de agosto, 13 y 27 de setiembre,
11 y 25 de octubre, 08 y 22 de noviembre, 13 y 27
de diciembre del año 2008. El/los premios serán
entregados a el/los ganadores en la sede de “El
Organizador” y estarán disponibles a
partir de las 96 hs. de producido el sorteo y por
el plazo de 15 días corridos, fecha en que
caducará la vigencia del premio. Para el caso
de aquellos “Participantes” que residan
a más de 100 kmts. De la sede de entrega de
premios, el/los mismos serán entregados en
un domicilio cercano al suyo, en el lugar, día
y horario que “El Organizador” comunicará
fehacientemente a “El participante”, teniendo
el mismo plazo de vigencia que el mencionado anteriormente.
5. Stock de premios y probabilidad matemática
de obtenerlos. El stock de Premios establecido para
la Promoción es de $ 3.500 (pesos tres mil
quinientos). La probabilidad matemática de
ganar los Premios, será de 1 en 10.000.
6. Premios no asignados. Los Premios que al finalizar
el Plazo de Vigencia de la Promoción, no hubieran
sido asignados a persona alguna, quedarán en
propiedad del Organizador.
7.
Difusión. Los medios de comunicación
serán: Publicación dentro de los locales
propios, nota / circular en Centros de Jubilados y
comunicación fehaciente al/los ganadores.
8.
Responsabilidad. Esta promoción se ajusta al
artículo 10 de la Ley de Lealtad Comercial
y al Decreto Reglamentario 1153/97.
9.
Autorización de los Participantes. Los Participantes
autorizan al Organizador, a difundir sus datos personales,
imágenes y voces, con fines publicitarios,
en los medios y formas que dicha empresa disponga,
sin derecho a compensación alguna, durante
el Plazo de Vigencia y hasta los tres (3) años
de su finalización.
10.
Discrepancia. Ante cualquier discrepancia entre el
contenido de estas bases y el contenido de la publicidad
gráfica y/o en los medios de comunicación,
prevalecerá el contenido de estas bases.
11.
Conocimiento y Aceptación. La participación
en la Promoción implica la aceptación
de estas bases, así como de las decisiones
que adopte el Organizador sobre cualquier cuestión
prevista o no prevista en ellas, y que serán
adoptadas conforme a derecho, sin perjuicio de lo
cual se dará la debida intervención
a las autoridades que correspondan en salvaguarda
de los derechos de los Participantes. Los Participantes
podrán consultar gratuitamente estas bases
en la las oficinas comerciales.
La participación no implica obligación
de compra, ni adquisición de servicios financieros.
Para participar sin estar comprendido entre los Participantes,
la persona debe solicitar un cupón numerado
a las oficinas comerciales.
12.
Jurisdicción y competencia. Toda relación
que en virtud de la Promoción se genere entre
cualquier participante y el Organizador, se regirá
con total sujeción a las leyes de la República
Argentina y serán competentes para dirimir
cualquier controversia o procedimiento legal los Tribunales
Comerciales de la Ciudad de Buenos Aires, cualquiera
sea la causa de la acción o el reclamo, con
renuncia expresa de los Participantes a cualquier
otra jurisdicción que pudiera corresponderles.
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