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PARTICIPACION GRATUITA

Exclusivo para Jubilados y Pensionados Anses

 

BASES DEL SORTEO

1.- Organizador. Ámbito Geográfico. Plazo de Vigencia. La presente promoción (la “Promoción”) es organizada por Javier Augusto Baigorria, con domicilio en Los Paraísos 735 – Tortuguitas - Provincia de Buenos Aires (el “Organizador”), válida en la Provincia de Buenos Aires; desde las 21,00 hs. Del 01/06/08 hasta las 21,45 hs. del 27/12/08 o hasta adjudicar la totalidad de los premios establecidos en estas bases, entre ambos hechos lo que ocurra primero (el “Plazo de Vigencia”).

2. Los Participantes. Pueden participar de la Promoción solamente Jubilados y Pensionados Anses, excepto Beneficiarios de Pensiones Graciables, Por Edad Avanzada e Invalidez (los “Participantes”), a excepción de los directivos y empleados del Organizador, de las empresas intervinientes y/o vinculadas a la Promoción, de los auditores, los ex empleados de esas empresas que se hubieren desvinculado de ellas dentro de los 180 días anteriores al comienzo del Plazo de Vigencia y sus parientes por afinidad o consanguinidad hasta el segundo grado inclusive y sus cónyuges.

3.- Objeto. Los Participantes de la Promoción, que cumplan con las condiciones y requisitos establecidos en estas bases, tendrán la posibilidad de recibir del Organizador los premios que se establecen en estas bases los cuales consistirán en la suma de $ 250 en Orden de Compra por persona que resulte ganadora por cada sorteo que se realice (los “Premios”).

4. Mecánica del Sorteo. Procedimiento. Entrega de Premios. La forma de obtener los premios es la siguiente: el día asignado anteriormente, Se harán acreedores al premio estipulado todos aquellos “Participantes”, cuyos cuatro números asignados y registrados en la base de Participantes coincidan exactamente con el número que ocupe el primer lugar en el extracto del sorteo Nocturno de la Quiniela de la Provincia de Buenos Aires para los días 14 y 28 de junio, 12 y 26 de julio, 09 y 23 de agosto, 13 y 27 de setiembre, 11 y 25 de octubre, 08 y 22 de noviembre, 13 y 27 de diciembre del año 2008. El/los premios serán entregados a el/los ganadores en la sede de “El Organizador” y estarán disponibles a partir de las 96 hs. de producido el sorteo y por el plazo de 15 días corridos, fecha en que caducará la vigencia del premio. Para el caso de aquellos “Participantes” que residan a más de 100 kmts. De la sede de entrega de premios, el/los mismos serán entregados en un domicilio cercano al suyo, en el lugar, día y horario que “El Organizador” comunicará fehacientemente a “El participante”, teniendo el mismo plazo de vigencia que el mencionado anteriormente.

5. Stock de premios y probabilidad matemática de obtenerlos. El stock de Premios establecido para la Promoción es de $ 3.500 (pesos tres mil quinientos). La probabilidad matemática de ganar los Premios, será de 1 en 10.000.
6. Premios no asignados. Los Premios que al finalizar el Plazo de Vigencia de la Promoción, no hubieran sido asignados a persona alguna, quedarán en propiedad del Organizador.

7. Difusión. Los medios de comunicación serán: Publicación dentro de los locales propios, nota / circular en Centros de Jubilados y comunicación fehaciente al/los ganadores.

8. Responsabilidad. Esta promoción se ajusta al artículo 10 de la Ley de Lealtad Comercial y al Decreto Reglamentario 1153/97.

9. Autorización de los Participantes. Los Participantes autorizan al Organizador, a difundir sus datos personales, imágenes y voces, con fines publicitarios, en los medios y formas que dicha empresa disponga, sin derecho a compensación alguna, durante el Plazo de Vigencia y hasta los tres (3) años de su finalización.

10. Discrepancia. Ante cualquier discrepancia entre el contenido de estas bases y el contenido de la publicidad gráfica y/o en los medios de comunicación, prevalecerá el contenido de estas bases.

11. Conocimiento y Aceptación. La participación en la Promoción implica la aceptación de estas bases, así como de las decisiones que adopte el Organizador sobre cualquier cuestión prevista o no prevista en ellas, y que serán adoptadas conforme a derecho, sin perjuicio de lo cual se dará la debida intervención a las autoridades que correspondan en salvaguarda de los derechos de los Participantes. Los Participantes podrán consultar gratuitamente estas bases en la las oficinas comerciales.
La participación no implica obligación de compra, ni adquisición de servicios financieros. Para participar sin estar comprendido entre los Participantes, la persona debe solicitar un cupón numerado a las oficinas comerciales.

12. Jurisdicción y competencia. Toda relación que en virtud de la Promoción se genere entre cualquier participante y el Organizador, se regirá con total sujeción a las leyes de la República Argentina y serán competentes para dirimir cualquier controversia o procedimiento legal los Tribunales Comerciales de la Ciudad de Buenos Aires, cualquiera sea la causa de la acción o el reclamo, con renuncia expresa de los Participantes a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderles.